responsabilidad ambiental

La mayoría de la industria y las empresas tienen 2 años para disponer del fondo de garantía financiera que requiere la ley de Responsabilidad Ambiental

Hoy, 15 de octubre de 2019, el Ministerio de Transición Ecológica ha dado un paso más en la ley de responsabilidad ambiental. La empresa EHS Techniques, miembro de ACECMA, nos informa que el Boletín Oficial del Estado, BOE, acaba de publicar la orden por la cual se establece que las empresas e industrias incluidas en la prioridad 3 de la Ley de Responsabilidad Ambiental, tienen dos años para constituir la garantía financiera obligatoria. En esta orden, las actividades de cría intensiva de aves de corral o de cerdos que deberían disponer de esta garantía financiera disponen de un plazo de 3 años para constituirla.

La mayoría del tejido empresarial e industrial de Cataluña está incluido en las actividades profesionales clasificadas como prioridad 3 del Anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. Aquí puede buscar si la actividad de su empresa requiere la creación de este fondo de garantía.

Y si tiene dudas y todavía no constituido su fondo de garantía ambiental, consulte con los profesionales de las Ingenierías y Consultorías Ambientales asociadas a ACECMA.

La ley de Responsabilidad Ambiental

La ley de responsabilidad ambiental está fundamentada en los principios medio ambientales comunitarios de «prevención de daños» y la idea «de quien contamina paga». Todas las actividades incluidas en su anexo III tienen la obligación de constituir garantías financieras por responsabilidad ambiental. Las actividades de prioridad 1 ya deben disponer de este fondo de garantía financiera y este 31 de octubre finaliza el plazo para las actividades de prioridad, tal y com les indicamos en este post.

Fotografía:  jordi2r – © 123RF.com

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